El Juzgado Contencioso Administrativo desestima la cautelar contra el DNU 70/2023 que regula el sector farmacéutico
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3 desestimó la cautelar presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA), que buscaba frenar la implementación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Este decreto introduce cambios en la normativa del sector farmacéutico, lo que generó una serie de cuestionamientos por parte de las organizaciones del sector.
En su resolución, el juez Santiago Carrillo determinó que el decreto no vulnera derechos ni impone nuevas obligaciones a las provincias, por lo que las disposiciones del Gobierno Nacional se mantienen vigentes. Según el fallo, el DNU no afecta el poder de fiscalización sanitaria de las jurisdicciones locales, ni representa un riesgo comprobado para la salud pública.
La demanda presentada por las organizaciones farmacéuticas objetaba varios puntos del DNU, argumentando que las modificaciones a la Ley 17.565 eran inconstitucionales por haberse realizado sin el debido debate en el Congreso. Además, las entidades señalaron que las medidas atentaban contra “los derechos fundamentales del ejercicio profesional” y podían afectar la salud pública al modificar la forma en que se distribuyen los medicamentos.
Entre los principales puntos cuestionados se encontraba la habilitación para que las droguerías pudieran vender medicamentos directamente al público, la posibilidad de comercializar productos farmacéuticos en comercios no especializados y la flexibilización de los requisitos laborales para los directores técnicos de las farmacias.
En cuanto a la venta de medicamentos en kioscos o supermercados, el juez aclaró que solo se autoriza la comercialización de antiácidos y analgésicos de venta libre, lo cual no constituye un peligro para la salud. Además, destacó que no se observa una reglamentación “manifiestamente irrazonable” en cuanto a la actividad de las droguerías ni una situación de riesgo sanitario derivada de estas disposiciones.
El Gobierno defendió la medida, asegurando que las reformas tienen como objetivo mejorar el acceso a los medicamentos para la población y optimizar los costos de comercialización.
Oposición de algunas provincias
A pesar de la resolución judicial, varias provincias se han mostrado en desacuerdo con el DNU 70/2023 y han decidido no aplicarlo. Entre los distritos que se han opuesto se encuentran Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba y Mendoza. Nicolás Kreplak, ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires, calificó el decreto como “sanitariamente peligroso” y aseguró que no resolvería los problemas actuales del sistema de salud, que, según él, son en gran parte responsabilidad del propio Gobierno.
En Santa Fe, Miriam Monasterolo, presidenta del Colegio de Farmacéuticos local, también expresó su rechazo, asegurando que la medida no se implementará en esa provincia. Monasterolo señaló que desde el principio del año, la profesión farmacéutica ha sido interpelada por una serie de decretos que, a su juicio, atacan tanto a los profesionales como a los pacientes que dependen de la medicación adecuada.