La Justicia Federal de Tierra del Fuego hizo lugar a una medida cautelar y ordenó suspender las operaciones del yacimiento “Sea Lion”. El fallo intima a las empresas a cesar toda perforación y exige informes a la Cancillería.
La Justicia argentina dictó un freno histórico a la explotación hidrocarburífera inconsulta en el Atlántico Sur. La jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, ordenó la suspensión inmediata del proyecto petrolero Sea Lion en las Islas Malvinas, impulsado de manera ilegítima por las empresas extranjeras Rockhopper Exploration (británica) y Navitas Petroleum (israelí).
La medida cautelar —surgida a partir de una demanda presentada por excombatientes y abogados ambientalistas— prohíbe de forma terminante a las compañías avanzar con perforaciones, instalaciones submarinas, obras terrestres o cualquier otra etapa de ejecución vinculada a la extracción de crudo en la plataforma continental argentina.
Un fallo que cruza el impacto ambiental y la soberanía
En su resolución, la magistrada destacó que la controversia “no se agota en una disputa técnico-ambiental”, sino que pone en juego de manera directa la soberanía nacional sobre los recursos naturales del archipiélago. El fallo remarca la facultad del poder judicial de actuar preventivamente para evitar daños irreparables al ecosistema marino y a los intereses soberanos del país, antes de que las obras se consoliden en el terreno.
¿Qué exige la Justicia a las empresas y al Estado?
La resolución judicial impone un estricto compás de espera y obligaciones concretas para todas las partes involucradas:
-
Informes detallados a las petroleras: Las empresas tienen un plazo de 10 días para presentar una declaración jurada exhaustiva sobre el estado del proyecto Sea Lion, incluyendo su cronograma de inversiones, la ubicación de pozos, financistas, aseguradoras y los contratos de perforación vigentes.
-
Requerimiento a la Cancillería: El juzgado le solicitó formalmente a la Cancillería argentina que informe si las licenciatarias cuentan —o contaron alguna vez— con algún tipo de permiso, habilitación o consentimiento por parte de las autoridades competentes de la Nación para operar en esa área.
-
Intervención de la Subsecretaría de Ambiente: Se exigió precisar si existe algún procedimiento formal o estudio de impacto ambiental registrado ante los organismos nacionales competentes.
Obstáculos y pasos a seguir
Si bien la medida constituye un fuerte revés político y legal para el consorcio internacional, la propia jueza advirtió que su ejecución material dependerá de los mecanismos de cooperación internacional. La notificación a las empresas deberá tramitarse a través del Convenio de La Haya, un paso burocrático que podría demorar los siguientes movimientos del expediente en el plano internacional, mientras la causa sigue su curso en los tribunales fueguinos.
