Canal 7 dialogó con Gonzalo Guzmán Coraita, abogado y director del sitio Salta Transparente; apuntó contra el concejal Córdoba, el mismo habría sido designado como vocal en la AMT y a su vez habría sido reelecto en el Concejo Deliberante. ” El problema no es que cobre dos sueldos sino las dobles nominaciones en simultáneo”.
– ¿Qué opinión tiene con respecto a Raúl Córdoba que además de ser concejal es vocal en la AMT?
De acuerdo a las normas de la carta orgánica claramente no se puede tener dos cargos públicos a la vez, son muy claras las normas de la carta orgánica de la municipalidad. El argumento es que uno de los cargos es ad honorem, es decir que no cobraría sueldo; pero eso no es argumento porque la Carta Orgánica no hace distinciones si se tiene sueldo o no. Se quiere evitar que haya una doble función y una incompatibilidad entre esas funciones.
– ¿Esa norma expresa la doble nominación de cargos?
Claro, exactamente. Un funcionario público no puede cumplir dobles funciones, independientemente que sea con sueldos o no. Lo que la norma persigue es que una persona no ostente dos cargos públicos a la vez para evitar que haya incompatibilidad en las funciones porque el concejal, además de su función de legislar, tiene una función de contralor de los otros poderes y no puede estar integrando espacios de otros poderes distintos.
– ¿Es una cuestión poco ética?
Es ilegal, contraviene de lo que dice la Carta Orgánica Municipal y además es una falta de ética pública.
– En estos casos, ¿qué medidas se pueden tomar?
El Concejo Deliberante es el que tiene que tomar cartas en el asunto, él tiene que comunicar al Concejo Deliberante esta situación y tiene que optar por uno de los cargos; si no lo hace el Concejo Deliberante tiene que iniciar los trámites para su remoción.
– ¿Esto viene siendo normal, desde hace algunos años, con algunos funcionarios?
Hubo un caso reciente del veedor del Tribunal De Cuentas, que fue designado por el Concejo Deliberante, Carlos Humberto Saravia, que mientras era veedor del Tribunal De Cuentas se desempeñaba como asesor y abogado en la Cooperadora Asistencial. Si bien su cargo era ad honorem, ahí también teníamos una situación de dobles funciones que están prohibidas por las normas públicas.
– ¿El crimen no sería cobrar dos sueldos sino tener dos funciones en simultáneo?
Exactamente. La norma busca proteger que el funcionario cumpla una sola función pública y no cumpla una doble función; por eso no se puede tener dos cargos públicos, salvo en la docencia que es la única excepción.
Fuente: Canal 7 Salta