Condenados por abuso sexual simple agravado, privación ilegítima de la libertad agravada, robo calificado y coacción

Gastón Jesús Alberto Bravo, Rafael Enrique Domínguez y Miguel Ángel Abarza fueron condenados, mientras que el menor L. N. P. fue declarado penalmente responsable por el Vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, Martín Pérez.

El juez Martín Fernando Pérez, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a Gastón Jesús Alberto Bravo a la pena de cinco años de prisión efectiva por resultar coautor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por la participación de tres personas y con arma blanca, privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia, robo calificado por el uso de arma blanca, con escalamiento y por el número de partícipes, y coacción simple en concurso real. Se unificó la pena impuesta a Bravo con otra anterior del Juzgado de Garantías de Séptima Nominación, dictándose la condena única de cinco años y seis meses de prisión efectiva. El juez ordenó que el condenado continúe alojado en la Unidad Carcelaria local.
En el mismo fallo resultó condenado Rafael Enrique Domínguez a la pena de cinco años de prisión efectiva por resultar coautor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por la participación de tres personas y con arma blanca, privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia, robo calificado por el uso de arma blanca, con escalamiento y por el número de partícipes, y coacción simple en concurso real, y robo agravado por la participación de un menor. Se ordenó el traslado del condenado a la Unidad Carcelaria local.
También resultó condenado Miguel Ángel Abarza a la pena de cinco años de prisión efectiva por resultar coautor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por la participación de tres personas y con arma blanca, privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia, robo calificado por el uso de arma blanca, con escalamiento y por el número de partícipes, y coacción simple en concurso real, y robo. El juez ordenó su traslado a la Unidad Carcelaria local.
Finalmente, fue declarado penalmente responsable el menor de edad L. N. P. como coautor penalmente responsable del delito de robo. En su caso, se remitieron sus antecedentes al Juzgado de Menores 3.
Los imputados fueron condenados por tres hechos. El primero de ellos, atribuido a Gastón Jesús Alberto Bravo, Rafael Enrique Domínguez y Miguel Abarza, ocurrió el 19 de marzo de 2016 en una vivienda de barrio Palermo 1. Ese día, alrededor de las 13.30, los imputados ingresaron a la casa por la fuerza, tomando del cabello a la empleada que había salido para ver quién buscaba ante los insistentes ladridos del perro. Una vez adentro, la ataron, la golpearon, la sometieron a tocamientos impúdicos y la amenazaron con un cuchillo para que les dijera dónde guardaban dinero. Del lugar se llevaron 300 pesos, un celular, una garrafa y una bicicleta.
El segundo hecho, protagonizado por Miguel Abarza y L. N. P., ocurrió el 17 de febrero de 2014. En esa oportunidad, los imputados ingresaron a una vivienda de barrio Lomas de Medeiros violentando las ventanas de la cocina y de los dormitorios. Los acusados fueron demorados en el lugar cuando intentaban llevarse numerosos electrodomésticos y artículos electrónicos.
Finalmente, el tercer hecho, atribuido a Rafael Enrique Domínguez, ocurrió el 15 de junio de 2015 en barrio San Silvestre. Ese día, alrededor de las 21, el imputado, que circulaba en moto junto a otro sujeto, le arrebató la cartera a una mujer que transitaba por la vía pública.

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