Casación rechazó la prisión domiciliaria para Lázaro Báez y seguirá detenido en la cárcel de Ezeiza

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este jueves el rechazo al pedido de prisión domiciliaria para el empresario Lázaro Báez. De esta manera, el exdueño de Austral Construcciones continuará cumpliendo su condena unificada de 15 años en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza.

La resolución fue dictada por mayoría por la Sala IV de Casación. Con los votos de los jueces Javier Carbajo y Gustavo Hornos, y la disidencia de Mariano Borinsky, el tribunal convalidó la decisión previa del Tribunal Oral Federal N° 4 (TOF 4), que había determinado que el Servicio Penitenciario Federal cuenta con las herramientas para garantizar el tratamiento médico de sus afecciones.

El estado de salud de Báez y los argumentos de la defensa

La defensa del empresario, a cargo de los abogados Yanina y Lucas Nicoletti, insistió repetidamente en que las condiciones de detención agravaban las múltiples patologías que sufre Báez. Entre los argumentos presentados para solicitar la morigeración de la pena se señalaban:

  • Patologías crónicas: El exempresario padece hipertensión arterial, diabetes mellitus tipo 2, asma bronquial, sobrepeso y hemorroides.

  • Intervenciones quirúrgicas: En noviembre de 2025 y a principios de julio de 2026, a Báez se le extirparon dos pólipos colónicos, y la defensa alegó demoras en el acceso a los controles médicos posquirúrgicos.

  • El reclamo de los letrados: Sostuvieron que el derecho a la salud en prisión exige una “continuidad asistencial y seguimiento adecuado”, argumentando que el penal no cumplía con los estándares necesarios de manera oportuna.

Los fundamentos de la Justicia: la prisión domiciliaria como excepción

A pesar de los planteos de la defensa, la mayoría de la Sala IV entendió que el cuadro de salud del condenado está siendo debidamente monitoreado intramuros.

  • Tratamiento adecuado: El juez Javier Carbajo remarcó que las dolencias crónicas del detenido se encuentran bajo tratamiento y asistencia adecuada dentro del penal de Ezeiza, no habiéndose demostrado un daño concreto a su integridad física o imposibilidad de atención médica dentro del establecimiento.

  • Carácter excepcional: Por su parte, el camarista Gustavo Hornos subrayó que la prisión domiciliaria es una medida “excepcional y de carácter restrictivo”. Añadió que las constancias reunidas reflejan un “seguimiento médico sostenido, con controles, interconsultas y derivaciones” que evidencian la presencia de un control judicial activo.

  • Disidencia: El juez Mariano Borinsky votó en disidencia, inclinándose a favor de reevaluar la situación de detención del empresario en función de su cuadro de salud y sus circunstancias familiares.

Cuarto rechazo consecutivo

Esta resolución representa el cuarto intento fallido de la defensa de Lázaro Báez ante la Cámara de Casación para lograr su regreso al arresto domiciliario.

El empresario regresó el año pasado a la cárcel común en Ezeiza tras la unificación de sus condenas por la causa conocida como “Ruta del Dinero K” y la causa “Vialidad”, unificando una pena total de 15 años de prisión. Con este nuevo fallo de la justicia federal, la situación del patagónico seguirá inalterable, bajo un estricto esquema de informes semanales sobre su salud remitidos al TOF 4.

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