El Código Electoral prohíbe difundir datos antes de las 21, aunque la Justicia puede autorizar excepciones.
Con las elecciones legislativas 2025 en marcha, una de las principales preguntas de la jornada es a qué hora comenzarán a conocerse los primeros resultados oficiales. Según la normativa vigente, los datos no podrán difundirse antes de las 21:00 horas, de acuerdo con el artículo 71 del Código Electoral Nacional.
La Dirección Nacional Electoral (DINE) mantendrá el esquema mixto de transmisión implementado en los comicios de 2023, que combina carga digital y transmisión satelital de los telegramas desde cada escuela. Este sistema busca agilizar la llegada de la información al centro de cómputos y permitir una difusión más rápida de las tendencias preliminares.
Sin embargo, la difusión pública tiene límites legales. En caso de que la Justicia Electoral lo autorice, se podrán publicar datos antes del horario establecido, siempre que se haya verificado un porcentaje mínimo de mesas. En la elección porteña anterior, por ejemplo, el tribunal local permitió difundir cifras desde las 19:30, al alcanzarse el 25 % de las mesas nacionales y el 33 % por comuna.

Horarios tentativos del escrutinio provisorio
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18:00: cierre de urnas y comienzo del conteo en cada establecimiento.
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19:30-20:00: posibilidad de un primer parte de prensa, si se supera el 25 % de mesas computadas.
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21:00: horario legal para la publicación oficial de resultados.
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22:30: hora estimada en la que suelen estar cargadas más del 85 % de las actas, según experiencias electorales previas.
El escrutinio provisorio tiene carácter meramente informativo: su objetivo es orientar a la opinión pública y ofrecer una lectura política inicial. El escrutinio definitivo, en cambio, comienza 48 horas después y está a cargo de la Justicia Nacional Electoral, siendo el único con validez legal para adjudicar bancas.
Boca de urna y su regulación
Las encuestas de boca de urna, que consultan a los votantes al salir del cuarto oscuro, permiten estimar tendencias antes del conteo oficial. No obstante, su difusión pública está prohibida hasta tres horas después del cierre de los comicios, según el inciso h del artículo 71 del Código Electoral.
Publicarlas antes constituye una infracción que puede acarrear multas o sanciones penales, ya que podría incidir sobre el electorado que aún no emitió su voto. Además, los especialistas advierten que el margen de error puede ser alto si la muestra es reducida o sesgada geográficamente.

El valor legal del escrutinio definitivo
El conteo final incorpora los votos de argentinos en el exterior, de fuerzas de seguridad y aquellos observados o impugnados durante la jornada. En elecciones legislativas, donde las bancas se reparten por sistema proporcional, una diferencia de apenas décimas puede alterar el resultado final.
Así, el domingo electoral no concluirá con la carga provisoria: el veredicto oficial recién llegará días después, cuando la Justicia Electoral cierre el escrutinio definitivo y proclame a los nuevos representantes del Congreso.
