El Gobierno nacional reglamentó la desregulación del Servicio Postal mediante la Resolución 935/25 del ENACOM, a partir del Decreto 1005/2024. A partir de esta norma:
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Se suprime la obligación de habilitación previa para operar como correo o mensajería urbana.
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Basta con la simple comunicación de inicio de actividad al organismo, sin trámites vinculados a infraestructura, flota o personal.
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La inscripción es gratuita, tanto para empresas como para personas humanas.
Entre las modificaciones más destacadas:
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Apertura del mercado de última milla: cualquier persona física puede ofrecer servicios de mensajería en la ciudad sin necesidad de registrar vehículos.
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Telegramas y carta documentos digitales: podrán emitirse con validación de identidad remota, eliminando la obligatoriedad de acudir a una oficina postal.
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Flexibilidad operativa: se elimina la exigencia de requisitos técnicos o de seguridad, confiando en la autorregulación y el control posregistro.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, afirmó que esta medida busca “fomentar la competencia y la innovación en un mercado cada vez más ligado al comercio electrónico”. El funcionario destacó el rol del presidente Javier Milei y del presidente de ENACOM, Martín Ozores, en la implementación de esta reforma, que aspira a ampliar la oferta de servicios y reducir costos para usuarios y proveedores.