Cambia el IVA en supermercados: quiénes quedarán exentos del régimen de percepción del impuesto

El nuevo criterio modifica reglas para consumidores finales y comercios en operaciones masivas de alimentos. Rige desde el 1° de julio próximo

A partir del 1° de julio comenzará a regir una modificación clave en el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el sector de supermercados y comercios de alimentos. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció, mediante la Resolución General 5710/2025 publicada en el Boletín Oficial, que las compras menores a 10 millones de pesos quedarán exceptuadas del pago de este tributo cuando sean operaciones dirigidas a consumidores finales. Esto implica que los supermercados y comercios comprendidos en la normativa dejarán de aplicar el régimen de percepción del IVA en estas transacciones, lo que supone un impacto directo en la operatoria de pequeños comercios, empresas informales y consumidores habituales.

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