Advertencia a los legisladores

El pueblo argentino está alerta ante la entrega de nuestra soberanía que está llevando a cabo por nuestros funcionarios gubernamentales.

Por: Julio Razona – Abogado

Sepan ustedes, nuestros representantes, que somos millones de personas que conocemos el enorme riesgo que implica ceder nuestra soberanía nacional, a la Organización No Gubernamental identificada como OMS (Organización Mundial de la Salud)

Es innecesario que haga referencia al art. 29 de la Constitución Nacional que califica como “infames traidores a la PATRIA” a los miembros del Congreso que otorguen “sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”,.

Asi como tampoco hará falta, hacer referencia al artículo 215 del Código Penal que sanciona con Prisión Perpetua al que “ejecutare un hecho dirigido a someter total o parcialmente la Nación al dominio extranjero o a menoscabar su independencia o integridad”

Como todo ciudadano conocen ustedes los derechos y garantías consagrados en nuestra Carta Magna, ley SUPREMA  de la Nación y de los hechos delictivos sancionados en  el Código Penal.  Como legisladores están obligados a respetar la Ley Fundamental,  con la misma  bravura e injundia que destacó a los patriotas que hicieron de  la Argentina un país modelo para el mundo desde su implementación en1853.

Hemos tomado   conocimiento que el llamado “Reglamento Sanitario Internacional”  establece que se delegará a la OMS facultades de vigilancia, control absoluto, evaluación de riesgos sin consulta a nuestro país, facultad para declarar pandemias, emergencias sanitarias, indicar acciones y protocolos sin   consulta local alguna, indicar unilateralmente si consideran que existe un brote de cualquier enfermedad, potestad de declarar alertas tempranas a nivel local, regional o nacional, así como una “emergencia potencial”, resuelto todo ello por su exclusivo criterio supuestamente sanitario, con un poder ilimitado para vigilar, controlar, establecer aislamientos, procedimientos, manejar alimentos, ingresos, propiedad privada, bienes, comercio, moneda, arrasando con todos y cada uno de nuestros derechos y garantías consagrados entre los arts. 1ro y 43 de la Constitución Nacional.

Todos los ciudadanos activos, patriotas, respetuosos del Estado de Derecho, de las instituciones, de la familia, de la vida, de la unión nacional y de la libertad tenemos la obligación de controlar los actos de gobierno y velar por  el estricto respeto por las normas de nuestra Constitución, contando con el legitimo derecho a la resistencia, consagrado en el art. 36 de la Carta Magna, en caso de advertir actos insanablemente nulos como una interrupción  a su observancia por actos  contra el orden institucional y el sistema democrático.

Por ello en caso de firmarse por representantes del Poder Ejecutivo Nacional el referido “Reglamento Sanitario Internacional”, su contenido deberá ser desechado  por el  Congreso Nacional por 2/3 de sus miembros, conforme lo establece el art.75 inciso 22 de la Carta Magna, estando vedado que pueda ser ratificado por una  ley, atento ser un tratado internacional, simulado como  un simple “reglamento”.

Ningún convenio con un país u organización extranjera puede violar los Derechos y Garantías consagrados en la Norma Fundamental

Estamos atentos a estos acontecimientos, para controlar que ese convenio  sea rechazado, no afecte a la Patria y por ende a  nuestro futuro, a la independencia de nuestro país y esencialmente a la PAZ .

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