La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Ley que propone agregar el inciso «i» al artículo 33 de la Ley N° 6.556 «Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos de la Provincia de Salta, el cual establece que las Obras Sociales, Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales y todas las personas humanas y jurídicas, de carácter público o privado, que tengan por objeto la prestación de servicios de salud deberán abonar a esta Caja una contribución especial obligatoria por sus labores.
El proyecto establece que dichas instituciones y empresas deben abonar a la Caja una contribución especial obligatoria, equivalente al 4% de los honorarios o haberes percibidos por los profesionales contratados o empleados, no pudiendo deducirse ese porcentaje de las liquidaciones de los honorarios. Además, establece que para el Instituto Provincial de la Salud de Salta (IPS) esa contribución especial será del 2%.
También quedan incluidas en el aporte las empresas o personas jurídicas dedicadas al control de ausentismo y las compañías de seguros o entidades de cualquier naturaleza o índole que cubran riesgos sobre las personas, que también cuenten con médicos en sus planteles de personal.
En este sentido, la presidenta de la comisión de Salud, la diputada Emma Lanocci, manifestó que el proyecto de Ley tiene por finalidad “modificar la Ley 6556 la “Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos de la provincia de Salta”, en lo referente a los recursos de la entidad, incorporando el aporte de terceros o “Comunidad Vinculada”, tal como ocurre con las cajas de otras profesiones liberales”.
Asimismo, la legisladora destacó “la solidaridad y el arduo trabajo de parte de la Comisión de Salud y los médicos, para que salga una Ley justa y equitativa para Salta”.
