Queremos expresar nuestro apoyo al Interventor del ENARGAS, Federico Bernal, por la presentación de su denuncia penal contra Juan José Aranguren, ex Ministro de Energía y Minería (MINEM), Marcos Porteau, ex Subsecretario de Recursos Hidrocarburíferos del MINEM, y los y las integrantes del ex Directorio del Ente por la posible comisión de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con la función pública, artículos 248 y 265 del Código Penal.
La denuncia presentada pone al descubierto como las empresas productoras de gas pactaron con el ex Ministro Aranguren un precio artificialmente elevado en dólares para garantizar sus ganancias y como las entonces autoridades del ENARGAS lo trasladaron a las tarifas de todos los usuarios y usuarias sin ningún tipo de revisión ni observación, violando así las disposiciones legales en la materia. La denuncia muestra también como después, durante las gestiones de Javier Iguacel y de Gustavo Lopetegui, se permitió que las empresas compensaran la devaluación de la moneda nacional y se les asignara un subsidio de 24.500 millones de pesos que deben pagar todos los ciudadanos y ciudadanas argentinas, aún quienes ni siquiera tienen el servicio de gas natural por redes.
El Estado Nacional asumió la deuda privada de las empresas distribuidoras de gas con las empresas productoras, sin que el ENARGAS procediera a revisar el precio pactado con las empresas, en dólares y por dos años, contrariando así lo establecido por la ley 24.076.
El perjuicio económico generado por las acciones llevadas adelante por los denunciados funcionarios del gobierno de Mauricio Macri se calcula que asciende a 561 millones de dólares, de los cuales 393 millones obedecen al perjuicio contra el fisco, mientras que 168 millones son asumidos por los usuarios y las usuarias del servicio público de gas por redes.
Es por todo ello que solicitamos la suspensión o derogación del Art. 7 del decreto 1053/18, ya que esa norma implicó que el Estado Nacional asuma, con carácter excepcional y con el alcance allí previsto, el pago de las diferencias diarias acumuladas mensualmente entre el valor del gas comprado por las distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1º de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período.
