Con el objetivo de incentivar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el Gobierno Provincial puso en vigencia un Régimen Especial de Regularización de Deuda. Se trata de una medida que alcanza a quienes tienen obligaciones fiscales con la Dirección General de Rentas perteneciente al Ministerio de Economía.
Incluye las obligaciones fiscales vencidas al 30 de junio de 2017, vinculadas al Impuesto a las Actividades Económicas, Sellos, Inmobiliario Rural y multas entre otras.
Con el objetivo de incentivar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el Gobierno Provincial puso en vigencia un Régimen Especial de Regularización de Deuda. Se trata de una medida que alcanza a quienes tienen obligaciones fiscales con la Dirección General de Rentas perteneciente al Ministerio de Economía.
Los trámites se realizan en las oficinas de la Dirección General Rentas, España 625. La fecha límite para adherirse es el 15 de marzo de 2018.
El régimen de regularización incluye condonación parcial o total de intereses, multas, recargos y sanciones vencidas al 30 de junio de 2017. Se incluye también las obligaciones que tengan un proceso administrativo o judicial iniciado. La fecha límite para adherirse a este régimen, es el 15 de marzo de 2018.
Con respecto a las obligaciones tributarias, podrán acceder al plan de regularización todos los contribuyentes. Tanto los que tengan obligaciones generadas en cabeza propia y los agentes de percepción y retención. También se podrá incluir los saldos de planes de pagos, sobre obligaciones vencidas anteriores al 30 de junio de 2017.
Los beneficios en cuanto a la reducción de intereses son:
1)Un 100% de reducción en intereses resarcitorios, punitorios y multas si regularizan su situación hasta el 31 de enero de 2018.
2)Hasta un 75% de reducción en intereses resarcitorios, punitorios y multas si la regularización se hace entre el 1 y 28 de febrero.
3)Hasta un 50% de reducción en intereses resarcitorios, punitorios y multas si la regularización se realiza entre el 1 y el 15 de marzo.
Los pagos se realizan en la Dirección General de Rentas (España 625) y tendrá dos modalidades: al contado y en cuotas.
En el caso de pagar con cheques librados por la Tesorería General de la Provincia, la reducción de intereses será del 100%, independientemente de la fecha de adhesión al plan.
Con respecto al pago en cuotas, se podrá cancelar las obligaciones hasta 12 cuotas para grandes contribuyentes; hasta 24 cuotas para MiPymes cuando la deuda sea inferior a $500 mil pesos; y hasta 36 cuotas para MiPymes cuando la deuda supere los $500 mil pesos. Para todos los casos de plan de pago, se aplicará un interés mensual del 3%.
Impuestos que entran en el plan de regularización
Los impuestos provinciales que se podrán regularizar con este régimen son los siguientes:
– Impuesto a las Actividades Económicas y de Cooperadoras Asistenciales hasta el periodo 05/2017 inclusive.
– Impuesto de Sellos: instrumentos suscriptos hasta el 30 de Junio de 2017 inclusive.
– Agente de Retención del Impuesto de Sellos hasta el periodo 05/2017 inclusive.
– Impuesto Inmobiliario Rural hasta la cuota 02/2017 inclusive.
– Multas por sanciones de las obligaciones detalladas anteriormente.
Para mayor información dirigirse a la Dirección General de Rentas, España 625, de lunes a viernes de 08.15 a 15:45.